08 Mar 2022

Plan de Igualdad en la empresa

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A partir del 7 de marzo de 2022 deberán tener un plan de igualdad todas las empresas con más de 50 personas en plantilla

Concepto de plan de igualdad y para qué se elabora

Los planes de igualdad, ya sean de carácter obligatorio o voluntario, constituyen un conjunto ordenado de medidas adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo (arts. 85 ET; 45-49 LOI y 9 Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre).

Partiendo de la definición aportada por el art. 46.1 de la LOI, los planes de igualdad pretenden establecer en las organizaciones la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres mediante la erradicación de cualquier tipo de desigualdad o discriminación que por razón de sexos pueda existir en una empresa, para lo que se hace necesario definir, englobar, especificar y analizar un conjunto de objetivos, medidas y acciones, planificadas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.

¿Para qué se elabora el plan de igualdad?

Las empresas mediante la elaboración de un plan refuerzan su compromiso en la eliminación de la discriminación entre mujeres y de hombres y en la promoción de la igualdad, dentro del cumplimiento del principio constitucional de igualdad de oportunidades entre las personas de ambos sexos.

Los motivos para la elaboración del plan coinciden con los principios de actuación en materia de igualdad, como son:

  • La búsqueda y la eliminación absoluta de las discriminaciones por razones de sexo (directas o indirectas).
  • La modificación de los patrones socioculturales de conducta de mujeres y hombres, basadas en la idea de inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos.
  • La integración de la dimensión de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la elaboración, ejecución y seguimiento de todas las acciones desarrolladas en el ámbito de una organización pública o privada.
  • Prevenir el acoso sexual o acoso por razón de sexo.
  • Implantar un código de conducta que proteja a empleados y empresa.
  • Promover la igualdad de oportunidades en todos los niveles organizativos.
  • Potenciar la conciliación de la vida profesional, personal y familiar a todas las empleadas y empleados de la empresa.

Obligación de tener plan de igualdad en la empresa

a) En función del número de personas trabajadoras en plantilla: cuantificación del número de personas trabajadoras de la empresa

Teniendo en cuenta las modificaciones normativas realizadas con efectos de 8 de marzo de 2019 por el Real Decreto-ley 6/2019 sobre la LOI, y respetando la existencia de un periodo transitorio de aplicación, debemos dividir la obligación de implementar planes de igualdad en función del número de personas trabajadoras en plantilla en los siguientes periodos: 

b) Cuando lo establezca el convenio colectivo que sea aplicable.

c) Cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan

Las empresas también elaborarán y aplicarán un plan de igualdad, previa negociación o consulta, en su caso, con la representación legal de los trabajadores y trabajadoras, cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan, en los términos que se fijen en el indicado acuerdo.

d) En el caso de las Administraciones Públicas.

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